Diseño e Innovación Curricular

UIECP

a. LINEAMIENTOS FLEXIBILIDAD CURRICULAR

Página 3 y 4 . Los cursos del plan de estudios se clasifican en:

  • Cursos obligatorios
  • Cursos optativos.  Deben constituir el 10% del total de créditos del plan de estudios. Estos son de dos tipos:
  • Cursos del campo disciplinario: del objeto de estudio o de la misma área de conocimiento de la carrera del estudiante y, 
  • Cursos libres que selecciona el estudiante de acuerdo con su interés particular y en un área diferente a la carrera. Estos deben tener al menos 3 créditos.

Página 5. 10. Cursos optativos que actualizan de manera sistemática la formación profesional y personal del estudiante. Estos cursos pueden pertenecer a la misma carrera del estudiante, a la misma unidad académica o a un plan de estudios o programa diferente al de la carrera del estudiante.  Institucionalmente se han definido dos tipos de cursos optativos: a. en el campo disciplinar, ya sean del objeto de estudio o de la misma área de conocimiento de la carrera del estudiante, y b. los que selecciona el estudiante de acuerdo con su interés particular.

Página 9. Cuadro. CURSOS OPTATIVOS

Son de dos tipos:

  • Cursos del campo disciplinario: del objeto de estudio o de la misma área de conocimiento de la carrera del estudiante.
  • Cursos que selecciona el estudiante de acuerdo con su interés particular y en un área de conocimiento diferente a la carrera.

Estos cursos permiten que estudiantes de diferentes carreras compartan experiencias, conocimientos y diversos puntos de vista respecto a un mismo tema, permitiendo una formación más integral.

Son obligatorios y deben constituir el 10% del total de créditos del plan de estudios. En la malla curricular se ubican como “curso optativo” sin especificar el nombre correspondiente. Al menos uno de los cursos optativos debe ser libre, para que el estudiante lo escoja de acuerdo con su interés particular. Estos últimos deben tener al menos tres créditos.

b. UNA-VD-CIRC-04-2016 

CIRCULAR INSTRUCCIÓN DE LA VICERRECTORÍA DE DOCENCIA SOBRE CURSOS OPTATIVOS

La Vicerrectoría de Docencia les recuerda a las Unidades Académicas el acatamiento y aplicación de los procedimientos sobre los Procesos de Enseñanza Aprendizaje (CONSACA 0162-2007) y los Acuerdos Generales del Consejo Académico (CONSACA) sobre los Lineamientos de los Estudios Generales (Gaceta No.15-2008), que indican:

CURSOS OPTATIVOS:

son aquellos que le permitirán al estudiantado ampliar y diversificar los espacios y las opciones de formación, mediante un mayor conocimiento de la realidad nacional y regional, la cultura general, la ciencia, la tecnología y el arte, entre otros, cuando estas áreas no sean parte de su formación disciplinaria de base.

RESTRICCIÓN EN EL RECONOCIMIENTO DE CURSOS OPTATIVOS:

Los cursos matriculados y aprobados como optativos en carreras diferentes a la que cursa el estudiante, no le darán derecho de incorporarse como estudiante regular de la carrera. En el caso de que un estudiante esté matriculado en más de una carrera, un mismo curso optativo podrá ser reconocido solo para una de ellas. En ningún caso, los cursos de Estudios Generales, podrán ser cursados como optativos."

Por lo anterior, se les solicita tomar en cuenta lo indicado, en aras de no afectar al estudiante durante el trámite de graduación. Asimismo, se les informa que se están girando instrucciones al Departamento de Registro para que no tramite solicitudes que presenten este incumplimiento.