Diseño e Innovación Curricular

UIECP

i. LINEAMIENTOS PARA LA FLEXIBILIDAD CURRICULAR EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL

La búsqueda del mejoramiento de la calidad educativa en el ámbito universitario se asocia con la necesidad de generar procesos que le permitan a las universidades impulsar su desarrollo como espacio académico para la reflexión, la construcción y reconstrucción del conocimiento. 

Este esfuerzo, que promueve la valoración crítica del quehacer universitario, ofrece la posibilidad de responder a los retos que derivan de una sociedad en continuo cambio, la cual exige actuar frente a las demandas de los actores sociales y del entorno mismo a fin de ofrecer propuestas innovadoras en la formación de profesionales.

De manera paralela, obliga a crear las condiciones y los mecanismos adecuados para ofrecer una oferta curricular pertinente, flexible, que responda a los nuevos avances disciplinarios, a las demandas emergentes del contexto social para la formación de recursos humanos, así como a las necesidades e intereses de los estudiantes en relación con sus planes de estudio.

En ese contexto, la flexibilidad curricular se contrapone a la noción de un diseño curricular rígido, lineal y mecánico, centrado en asignaturas fijas que privilegian el conocimiento como una acumulación de contenidos, excesiva carga académica y perfiles de salida cerrados que han sido asumidos, tradicionalmente, en la formación universitaria.

La noción de currículo flexible se caracteriza por privilegiar la construcción permanente y estar abierto al cambio; se orienta, además, al desarrollo de competencias de carácter procedimental (habilidades cognitivas y técnicas) y actitudinal esenciales para el desempeño de la profesión.

Desde esta visión, las experiencias de enseñanza aprendizaje deben propiciar y garantizar procesos de adquisición y construcción de conocimientos que estimulen la participación, la creatividad e investigación permanente por parte de los estudiantes, para dar respuesta a las exigencias del entorno.

Como señala Soto (1995) el diseño de un currículo abierto y flexible se basa en el principio de que la educación:

...debe centrarse en el aprendizaje de formas y métodos de pensamiento e investigación, bajo un enfoque holístico que rescate y ponga en práctica la formación integral y autónoma del estudiante, contando para ello con la participación directa y activa de éste en el diseño del plan de estudios y en los procesos formativos, promoviendo el ejercicio investigativo y el trabajo interdisciplinario como formas didácticas idóneas. (p.107).

La idea anterior nos hace recordar el planteamiento de Delors (1996) en torno a la educación: una nueva concepción que debe llevar a cada persona a descubrir e incrementar sus potencialidades, lo cual supone trascender la visión puramente instrumental de la educación, percibida como vía obligada para obtener determinados resultados. Se trata entonces de formar profesionales activos, creativos, emprendedores, capaces de investigar y de resolver problemas, de participar y cooperar con los demás seres humanos.

ii. REGLAMENTO DE ASIGNACIÓN Y CONTROL DE CARGAS ACADÉMICAS 

Criterios/JornadaHoras ContactoAtención a estudiantesPreparación de lecciones y evaluaciónSistematización y producción didácticaReuniones y comisionesActualización y capacitación
TC (40 hrs) 12-14 4 14 4 4 2
3/4 T (30 hrs) 9-11 3 11 3 3 2
1/2 T (20 hrs) 6-8 3 7 2 2 1
1/4 T (10 hrs) 3-5 1 2 1 2 1

b. ORGANIZACIÓN CURRICULAR DEL PLAN DE ESTUDIOS

i. LINEAMIENTOS PARA LA FLEXIBILIDAD CURRICULAR EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL

En general la flexibilidad curricular en los planes de estudio se puede favorecer mediante los siguientes aspectos: 

1. El enfoque pluridisciplinario, interdisciplinario y transdisciplinario en los objetos de estudio a fin de enriquecer la formación profesional de los estudiantes.  A partir de diversas experiencias curriculares tales como cursos, modalidades de graduación y prácticas profesionales se logra que estudiantes y académicos docentes que provienen de diferentes ámbitos disciplinarios, áreas de conocimiento, unidades académicas e instituciones universitarias, socialicen sus conocimientos y compartan sus puntos de vista respecto de un mismo tema, fortaleciendo su formación integral.

2. La apertura de diversos espacios curriculares que permitan la incorporación sistemática de conocimientos en la formación profesional.  Estos conocimientos se derivan de los avances de la disciplina, de los requerimientos de las y los estudiantes y de las demandas del entorno socioeconómico, cultural, ambiental, laboral e institucional. Por lo tanto, se constituyen en espacios de conocimiento emergentes que atienden diversas necesidades. 

3. La inclusión de ejes transversales institucionales. Estos ejes son parte de la filosofía y cultura institucional e incluyen conocimientos, actitudes, comportamientos, principios, valores y concepciones que están acordes con la misión, visión y valores de la Universidad.  Dinamizan la vida universitaria en todos sus ámbitos e inciden en la formación integral de los estudiantes y en el resto de la comunidad universitaria, puesto que se incorporan en la cotidianidad como vivencias, en las disciplinas, los contenidos y en todo su quehacer. Se han definido como ejes transversales: género, cultura ambiental, equidad y diversidad cultural; todos ellos se articulan alrededor del eje desarrollo humano sostenible. 

Las unidades académicas deben construir de manera colectiva la definición de cada eje, así como el proceso mediante el cual se llevará a cabo su inclusión en los planes de estudio; no obstante, deben estar presentes a lo largo de las carreras, como contenidos o como línea conceptual de análisis que integran diferentes cursos 

4. La inclusión de ejes curriculares de la carrera. Son actividades formativas que provienen del análisis del campo disciplinar y de las demandas del contexto. Dan soporte al plan de estudios al convertirse en elementos que dinamizan, integran y articulan la carrera. Además, están ligados a los principios metodológicos y deben estar presentes en la selección y organización del contenido curricular.  Estos ejes curriculares se deben entrecruzar con las áreas disciplinarias para darle mayor sustento a la estructura del plan de estudios.  

5. La inclusión de las áreas disciplinarias de la carrera.  Se determinan a partir del objeto de estudio. Desde el punto de vista curricular, agrupan conocimientos teórico-metodológicos afines que sustentan el plan de estudios; además se encuentran estrechamente relacionadas con las competencias profesionales del graduado.  

6. El diseño de diferentes tipos de perfil profesional acorde con la naturaleza del objeto de estudio y los objetivos de la carrera. En este caso existen diversas opciones para realizar el diseño del perfil del graduado: el perfil denominado aprendizajes fundamentales en la visión de la UNESCO -aprender a conocer, aprender a hacer, aprender a vivir, y aprender a ser-, el perfil por áreas de interés formativo de la Organización de Estados Iberoamericanos (OIT)  y el perfil por competencias.  

7. El diseño curricular desde un enfoque de competencias profesionales, como herramienta metodológica para enriquecer la propuesta curricular. Mediante el análisis de las competencias profesionales, se pretende que el proceso de formación de los estudiantes se vincule estrechamente con el ámbito profesional, esto es, con las condiciones reales que se requieren para el desempeño de la profesión.  

Las competencias, desde una perspectiva educativa, refieren a la formación de capacidades y disponibilidades personales, en sentido intelectual, ético, social, cultural y afectivo. En general son aprendizajes mayores o comprensivos que resultan de la totalidad de las experiencias educativas formales y no formales; las personas las desarrollan de forma gradual a lo largo del proceso educativo; reflejan las capacidades generales de las personas y son capacidades para llevar a cabo diferentes tareas.  (Villarini: 1996) 

Hacer competente a una persona exige no sólo asegurar su inserción en una realidad particular, sino también brindarle las herramientas para que responda de manera consciente a esa realidad, aporte a la solución de los problemas y, enfrente con iniciativa y creatividad las situaciones inesperadas.

  • Asumir este enfoque en el diseño curricular implica:
  • Identificar los espacios ocupacionales, acordes con el objeto de estudio de carrera, en los cuales se podrá desempeñar el graduado. 
  • Caracterizar las instancias, instituciones o sectores de población, en las cuales se podrá ubicar el graduado.
  • Identificar las competencias para cada uno de los espacios ocupacionales propuestos.
  • Caracterizar las funciones o tareas claves que potencialmente se pueden realizar en cada competencia. 
  • Elaborar la estructura curricular de la carrera, de manera que responda a las necesidades detectadas en los espacios profesionales. Esta estructura podría ser diseñada en forma modular.

8. El diseño de estructuras curriculares modulares. El módulo es un conjunto de cursos, temas o actividades de aprendizaje integrados por un eje temático común. Tiene una función organizativa de los contenidos y por ende de las actividades de aprendizaje, en tanto posibilita seleccionar problemas y ejes temáticos específicos alrededor de los cuales se elaboran las unidades de enseñanza-aprendizaje.  

En los planes de estudio esta modalidad contribuye a fortalecer el carácter multi e interdisciplinario de la organización curricular, ya que puede ser coordinada entre varios docentes de una misma área de conocimiento. 

9. Cursos comunes que favorecen la movilidad de los estudiantes en carreras de áreas de conocimiento afines. Esta flexibilidad permite a los estudiantes cambiar de carrera sin perder las materias cursadas y aprobadas en ese núcleo común, sin tener que realizar trámites de equivalencias. Además, ofrece la oportunidad de realizar intercambios académicos entre docentes de diversas unidades académicas.

10. Cursos optativos que actualizan de manera sistemática la formación profesional y personal del estudiante. Estos cursos pueden pertenecer a la misma carrera del estudiante, a la misma unidad académica o a un plan de estudios o programa diferente al de la carrera del estudiante.  Institucionalmente se han definido dos tipos de cursos optativos: a. en el campo disciplinar, ya sean del objeto de estudio o de la misma área de conocimiento de la carrera del estudiante, y b. los que selecciona el estudiante de acuerdo con su interés particular.

11. Experiencias curriculares y situaciones de aprendizaje que propician la formación profesional del estudiante en diversos ámbitos. Este tipo de actividades permite a los estudiantes desarrollar, junto a los académicos, actividades o proyectos en las áreas de docencia, investigación, extensión y producción, pasantías, talleres, prácticas de campo y seminarios entre otros, y lo vinculan con aspectos propios del área de conocimiento en que se inserta, el ámbito ocupacional y el entorno sociocultural y ambiental. A este tipo de experiencias se le pueden asignar créditos en el plan de estudios.  

12. Experiencias de enseñanza - aprendizaje novedosas y actividades académicas diversas. Estas experiencias curriculares o extra-curriculares están orientadas a  actividades de tipo presencial, a distancia y virtual, tales como conferencias, foros, talleres,  así como al diseño de planes y programas de estudio, en los cuales se incorporen las tecnologías de la información y la comunicación, que favorecen el desarrollo de experiencias innovadoras en los procesos de formación de los estudiantes, así como la elaboración de materiales y guías didácticas, estrategias metodológicas y de evaluación de los aprendizajes por parte de los docentes. En este marco de flexibilidad, las experiencias curriculares centradas en cursos, se pueden desarrollar de manera intensiva, es decir, en un tiempo menor al ciclo lectivo de 17 semanas. Modificado según SCU-2077-2012

13. La elaboración de planes de estudio con cursos que demanden únicamente los requisitos y correquisitos necesarios.  El establecimiento de los requisitos en los cursos, como requerimiento académico previo para alcanzar aprendizajes más complejos, debe permitir el avance del estudiante en la carrera y no convertirse en un obstáculo. Dichos requisitos deben responder a una secuencia lógica en relación con su ubicación en el plan de estudios; por ejemplo, no es conveniente definir cursos de I nivel de carrera como requisito de cursos de III nivel, o fijar más de dos requisitos por curso.

14. Modalidad de curso colegiado. Esta modalidad privilegia el trabajo multi e interdisciplinario al ser una experiencia de aprendizaje organizada, coordinada e impartida por un máximo de tres académicos, de una misma disciplina con especialidades diferentes o de disciplinas u objetos de estudio diversos. 

15. Diversas opciones de grados y títulos en una misma línea curricular. Este componente permite diversificar la formación profesional al ofrecer varios niveles de salida -diplomado, bachillerato, licenciatura, especialidad, maestría, doctorado-, mediante los cuales se procura satisfacer las demandas académicas y laborales de los estudiantes, así como la ampliación de los requisitos de ingreso y de graduación.

16. Tablas de equivalencia entre diversos planes de estudio.  Estas tablas orientan la homologación entre los planes de estudio terminales y los nuevos planes. En tal homologación se deben considerar aspectos de tipo cualitativo tales como propósitos, contenidos o áreas temáticas del curso, y aspectos cuantitativos como el número de créditos u horas del curso.

17. Opciones de graduación en el nivel de grado (licenciatura) y posgrado. Las unidades académicas podrán ofrecer las opciones de graduación que más se ajusten a las particularidades de los objetos de estudio y perfiles profesionales.  En la medida de lo posible deben privilegiar la interdisciplinariedad.  Institucionalmente se han definido varias modalidades en el nivel de grado: Tesis de Grado, Proyecto de Graduación, Seminario de Graduación, Práctica Dirigida, Prueba de grado, Evento Especializado, Acreditación y Pasantía. En el nivel de posgrado se ofrecen maestrías profesionales y académicas.

18. Aplicación de los principios de equidad, participación plena e igualdad de oportunidades. La Ley 7600 Igualdad de Oportunidades para personas con discapacidad, garantiza el acceso a la educación de la población con necesidades educativas especiales y resguarda la accesibilidad, atención y respeto a la diversidad.

19. Aplicación de los principios, políticas y avances legales hacia la equidad de género y la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. La Ley 7142 Promoción de Igualdad Social de la Mujer garantiza que, en las instituciones educativas, los contenidos, métodos e instrumentos pedagógicos consideren la asignación de papeles en la sociedad a hombres y mujeres en igualdad social, la complementariedad de los géneros, así como la eliminación de prácticas discriminatorias en razón del género. 

20. Apertura de la oferta académica mediante programas de educación continua y actualización. Esta formación se visualiza como un proceso continuo y permanente que permite atender las necesidades educativas emergentes de graduados, egresados, estudiantes y docentes.  

21. La construcción colectiva de una oferta curricular pertinente, acorde con las demandas que requiere la formación profesional. Esta construcción implica la participación, reflexión y análisis crítico permanente de diversos actores sociales en la propuesta curricular, tales como docentes, estudiantes, egresados, administrativos, entes empleadores y colegios profesionales.  

22. La flexibilidad curricular también debe favorecer:  

  • Horarios de curso y servicios de apoyo estudiantil diversos, de acuerdo con las necesidades de ese sector. 
  • Guía académica o tutores que orienten a los estudiantes en el transcurso de su carrera, en aspectos académico-curriculares, incluyendo recomendaciones sobre la carga académica que deben matricular. 
  • La vinculación en actividades de investigación, extensión y producción mediante las cuales se complemente la formación profesional de manera integral.
  • La adecuación de la carga académica, para la población estudiantil que labora. 

 

23. En relación con la administración curricular:

  • Aplicación de metodologías que incluyan modalidades de enseñanza aprendizaje novedosas y actividades académicas diversas (educación a distancia, cursos virtuales) 
  • Desarrollo de actividades de intercambio académico, que permitan conocer otras experiencias en docencia, extensión, producción e investigación (cursos, proyectos, pasantías).
  • Selección pertinente del personal docente acorde con los requerimientos de la carrera y de acuerdo con los perfiles que se establezcan en las unidades académicas.  
  •  Actualización permanente de los docentes en su formación profesional en aspectos relacionados con su especialidad, pedagogía universitaria, desarrollo y administración curricular, así como aspectos del modelo académico de la institución tales como los ejes transversales.  
  •  Fortalecimiento de la coordinación en los siguientes niveles:
    • horizontal y vertical de los planes de estudio
    • entre docentes que imparten diferentes grupos de un mismo curso (cátedra colegiada) 
    • en planes de estudio de grado y posgrado de una misma línea curricular
    • intra e inter-unidades académicas
    • intra e interuniversitaria
    • entre Sede Central y Sedes Regionales

 

Seguidamente se presentan algunos ejemplos sobre el diseño curricular en relación con: organización curricular del plan de estudios por áreas de formación, tipos de cursos y actividades académicas curriculares en el plan de estudios, ejes transversales institucionales, áreas disciplinarias, ejes curriculares y estructura curricular modular.

 IV. APLICACIÓN DEL MODELO CURRICULAR FLEXIBLE.

A. ORGANIZACIÓN CURRICULAR DEL PLAN DE ESTUDIOS POR ÁREAS DE FORMACIÓN:

Área de formaciónPropósitoCaracterísticas
ÁREA BÁSICA

Ofrece las bases conceptuales y actitudinales en las que se fundamenta el plan de estudios, y comprende conocimientos de carácter general en diversas áreas de formación afines al objeto de estudio.

Cursos comunes.
Cursos introductorios.
ÁREA DISCIPLINARIA Es de carácter teórico práctico; define los rasgos del perfil ocupacional y profesional del estudiante y competencias procedimentales (habilidades cognitivas y técnicas de la carrera) y actitudinales. Cursos especializados, participación en seminarios, proyectos de investigación o extensión, pasantías y cursos en otras instituciones de educación superior en el nivel nacional o internacional
ÁREA DE FORMACIÓN PERMANENTE En el nivel de grado incluye formación humanística, actitudes, valores, destrezas instrumentales (idioma, computación, gestión y tecnologías de información y comunicación entre otros), aspectos necesarios para el óptimo desempeño de la profesión. Cursos o contenidos de cursos, ejes transversales u otras experiencias de aprendizaje.
ÁREA ESPECÍFICA (ÉNFASIS) Formación especializada que permite salidas profesionales laterales. En esta área se establecen los rasgos profesionales correspondientes al énfasis Cursos especializados, participación en seminarios, proyectos de investigación o extensión, pasantías y cursos en otras instituciones de educación superior en el nivel nacional o internacional que pueden ser obligatorios o seleccionados por el estudiante y que permiten una formación más especializada en ciertas áreas de conocimiento.
Área de formación

ÁREA BÁSICA

Propósito

Ofrece las bases conceptuales y actitudinales en las que se fundamenta el plan de estudios, y comprende conocimientos de carácter general en diversas áreas de formación afines al objeto de estudio.

Características

Cursos comunes.
Cursos introductorios.

Área de formación

ÁREA DE FORMACIÓN PERMANENTE

Propósito

En el nivel de grado incluye formación humanística, actitudes, valores, destrezas instrumentales (idioma, computación, gestión y tecnologías de información y comunicación entre otros), aspectos necesarios para el óptimo desempeño de la profesión.

Características

Cursos o contenidos de cursos, ejes transversales u otras experiencias de aprendizaje.

Área de formación

ÁREA ESPECÍFICA (ÉNFASIS)

Propósito

Formación especializada que permite salidas profesionales laterales. En esta área se establecen los rasgos profesionales correspondientes al énfasis.

Características

Cursos especializados, participación en seminarios, proyectos de investigación o extensión, pasantías y cursos en otras instituciones de educación superior en el nivel nacional o internacional que pueden ser obligatorios o seleccionados por el estudiante y que permiten una formación más especializada en ciertas áreas de conocimiento.

B. TIPOS DE CURSOS Y ACTIVIDADES ACADEMICAS CURRICULARES EN EL PLAN DE ESTUDIOSC. EJES TRANSVERSALES INSTITUCIONALES EN LOS PLANES DE ESTUDIO.

El “Desarrollo Humano Sostenible” es el eje que articula a los ejes: Género, Equidad, Cultura Ambiental y Diversidad Cultural. 

Cada uno de los ejes puede desagregarse, permitiendo su abordaje desde diversas dimensiones o aproximaciones a contenidos de tipo curricular, acordes con el objeto de estudio de la carrera.  A manera de ejemplo el eje diversidad cultural se aborda desde tres dimensiones: seguridad ciudadana, derechos humanos y cultura de paz. 

 

D. AREAS DISCIPLINARIAS DEL PLAN DE ESTUDIOS

 

En el siguiente ejemplo se presentan y conceptualizan las áreas disciplinarias que fundamentan el objeto de estudio en la carrera de Licenciatura en Pedagogía con énfasis en I y II ciclos de la Educación General Básica con salidas laterales de diplomados y bachillerato, a saber: área Científica Pedagógica, área de Desarrollo Humano Integral y área Socio-Histórica Cultural.

 

  • ÁREA CIENTÍFICO-PEDAGÓGICA. Está constituida por aquellos conocimientos teóricos, conceptuales y metodológicos, básicos e imprescindibles en la labor docente de los futuros graduados.  (…) Se sustenta en la complejidad del fenómeno educativo y se basa en los conocimientos esenciales que debe poseer un docente para desarrollar una labor de aula de calidad y con sentido profesional; de esa forma tiende al trabajo operativo del aula desarrollado en forma científica y sistematizada.  Estaría identificada por los siguientes saberes: contenidos programáticos, práctica pedagógica, teorías del aprendizaje, currículo, evaluación, didáctica, investigación, procesos educativos no formales, teorías pedagógicas y psicológicas vinculadas con la labor docente, informática, legislación y administración en educación.
  •  ÁREA DE DESARROLLO HUMANO INTEGRAL. Se asume como el análisis de las implicaciones educativas de los cambios y procesos que vivencian los actores sociales (educadores, niños, padres de familia y otros) y de los mecanismos que intervienen en la enseñanza y aprendizaje, desde una perspectiva integral. En consecuencia, pretende la atención a las áreas intelectual, socio-emocional, físico-motora y lingüística, social, económica, y política de educadores y educandos a fin de fortalecer y mejorar su crecimiento personal y educativo; de manera que su construcción del contexto histórico-cultural y ambiental facilite, no sólo el mejoramiento individual, sino la calidad de vida social y económica. (…) Implica un equilibrio entre los saberes conceptuales, procedimentales y actitudinales como vivencia formativa; a efecto de que las experiencias de enseñanza y aprendizaje respondan a las dimensiones cognitiva, lingüística, socioemocional y cultural de los educandos, según sus características evolutivas, diferencias individuales y sociales; potenciando al máximo el desarrollo de sus capacidades individuales y sociales. El área de desarrollo humano integral implica los siguientes saberes: relación desarrollo-educación-aprendizaje, desarrollo humano integral, desarrollo de la creatividad y la expresión, relaciones interpersonales en los procesos de enseñanza y aprendizaje.
  • ÁREA SOCIO-HISTÓRICA Y CULTURAL. Involucra el análisis del proceso educativo, realizado desde las perspectivas de diferentes ciencias sociales, de manera que la educación y la labor docente sean vistas desde diferentes ópticas disciplinares.  El área en mención, parte de la concepción de que fenómenos, procesos y hechos educativos, son realidades de tipo cultural, social e histórico.  Además, se busca el análisis y comprensión de los procesos educativos vivenciados por los diferentes actores involucrados tanto a nivel sistematizado como cotidiano. Por otra parte, los saberes vinculados con esta área favorecen la interpretación educativa desde los marcos referenciales de una Pedagogía con características críticas, intentando una vinculación entre los micro-procesos de aula y los macro-procesos económicos, políticos y sociales.  Esta área propicia el análisis de lo educativo desde parámetros amplios, de manera que la labor docente no sea sólo una labor procedimental y técnica. Los elementos básicos de esta área son: fenómeno educativo en su desarrollo histórico y contextual, actualidad socio-económica política y mundial, la educación en sus diferentes contextos (familia, comunidad, sociedad y cultura). 

c. MODELO CURRICULAR

 i. LINEAMIENTOS PARA LA FLEXIBILIDAD CURRICULAR EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL

Página 2. II. MODELO CURRICULAR PROPUESTO.

En ese marco la flexibilidad curricular tiene aplicaciones en los diferentes componentes curriculares de los planes de estudio, de acuerdo con varios aspectos: 

a. la orientación filosófica y teórica del plan de estudios, 

b. la naturaleza del objeto de estudio de la carrera y su área de conocimiento; 

c. el perfil del profesional que se pretende formar y,  

d. las características de la estructura curricular y organizativa de la institución, de manera tal que permite tomar en consideración las necesidades, aspiraciones e intereses de los estudiantes en relación con su plan de estudios y el manejo eficiente del tiempo.  Al respecto, la institución tomará las previsiones correspondientes tanto de tipo administrativo como en el sistema académico-administrativo. 

Acorde con lo anterior la Universidad Nacional propone un modelo curricular flexible caracterizado por una estructura curricular en la cual:  

  • La mayoría de los cursos tienen una secuencia temporal abierta, no obligatoria, en donde el estudiante puede definir la ruta curricular de acuerdo con sus intereses y las posibilidades que le ofrezca la unidad académica.   
  • Algunos cursos tienen un orden secuencial obligatorio, derivado estrictamente de la continuidad y progresión de contenidos fundamentales. 
  • Los cursos se pueden ofrecer en todos los períodos lectivos, acorde con los intereses del estudiante y las posibilidades de las unidades académicas. Para ello se requiere un proceso de prematrícula que permita detectar la demanda estudiantil sobre los cursos y un proceso de planificación de la unidad académica con base en los recursos docentes, materiales y presupuestarios que se necesitan. 
  • Los cursos del plan de estudios tendrán sólo los requisitos mínimos indispensables.
  • Los cursos del plan de estudios se clasifican en:
    • Cursos obligatorios
    • Cursos optativos.  Deben constituir el 10% del total de créditos del plan de estudios. Estos son de dos tipos: 
    • Cursos del campo disciplinario: del objeto de estudio o de la misma área de conocimiento de la carrera del estudiante
    • Cursos libres que selecciona el estudiante de acuerdo con su interés particular y en un área diferente a la carrera. Estos deben tener al menos 3 créditos.

 Página 14. G. APLICACIÓN DEL MODELO CURRICULAR FLEXIBLE

Como se indica en páginas anteriores los módulos permiten organizar los contenidos y las actividades de enseñanza- aprendizaje a partir de un eje temático. Para su elaboración se requiere definir varios componentes: 

En el encabezado detallar la siguiente información: nombre del módulo, naturaleza, nivel, modalidad (trimestral, 17 semanas u otro), créditos, horas totales semanales, horas presenciales, horas de estudio independiente, requisitos, tipo (presencial, bimodal, virtual o a distancia). 

Descripción del módulo:   el qué del mismo. En caso de que se requieran horas de práctica especificar en qué consiste dicha práctica.  

  • Propósito general del módulo. 
  • Unidades de aprendizaje o temas que se van a desarrollar.   
  • Mapas curriculares del módulo que se pueden organizar según alguna de las dos formas que se describen a continuación: 
    • unidades de aprendizaje y resultados del proceso de enseñanza aprendizaje que se pretenden alcanzar. 
    • resultados del proceso de enseñanza aprendizaje, temas a desarrollar, estrategias de enseñanza aprendizaje, materiales didácticos requeridos y duración de cada tema.   

Criterios de evaluación. Estos criterios son un componente esencial en la estructura modular; los mismos se determinan a partir de las características de la población meta, las condiciones de ejecución, el nivel de dificultad de los propósitos y contenidos y el tiempo de duración del módulo.  En dicha evaluación se deben definir los valores porcentuales asignados a las áreas o dominios de aprendizaje presentes en el módulo (Pérez, 1999: 97), así como los instrumentos de evaluación necesarios para el registro de las calificaciones (registro del desempeño del estudiante, escalas y criterios de calificación, portafolio de evidencias). Modificado según oficio SCU-2077-2012.

d. PRINCIPIOS Y POLÍTICAS HACIA LA EQUIDAD DE GÉNERO Y LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE HOMBRES Y MUJERES EN LOS PLANES DE ESTUDIO

 i. POLÍTICA PARA LA IGUALDAD Y EQUIDAD DE GÉNERO EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL

POLÍTICA 8. Promueve un currículo de formación profesional con la inclusión operativa del género, con perspectiva humanista y de derechos humanos, como eje transversal.

OBJETIVO: Implementar las acciones necesarias para transversalizar el enfoque de género, derechos humanos y diversidades en el currículo de formación profesional de las carreras que se imparten en la Universidad Nacional.

ii. LINEAMIENTOS DE FLEXIBILIDAD CURRICULAR EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL

F. APLICACIÓN DE LOS PRINCIPIOS Y POLÍTICAS HACIA LA EQUIDAD DE GÉNERO Y LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE HOMBRES Y MUJERES. 

- Ley N° 7499 conocida como “Convención de Belem do Pará” establece como deber del estado costarricense adoptar programas para:  “modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, incluyendo el diseño de programas de educación formales y no formales apropiados a todo nivel del proceso educativo, para contrarrestar prejuicios y costumbres y todo tipo de prácticas que se basen en la premisa de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los géneros o en los papeles estereotipados para el hombre y la mujer que legitimizan o exacerban la violencia contra la mujer”.

- Ley 6968 Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, conocida como CEDAW,  mediante la cual el Estado costarricense se compromete a adoptar medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer, a fin de asegurarle la igualdad de derechos con el hombre en la esfera de la educación y en particular para asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres lo siguiente:

a. Las mismas condiciones de orientación en materia de carreras y capacitación profesional, acceso a los estudios y obtención de diplomas en las instituciones de enseñanza de todas las categorías, tanto en zonas rurales como urbanas; esta igualdad deberá asegurarse en la enseñanza preescolar, general, técnica, profesional y técnica superior, así como en todos los tipos de capacitación profesional.

b. La eliminación de todo concepto estereotipado de los papeles masculino y femenino en todos los niveles y en todas las formas de enseñanza, mediante el estímulo de la educación mixta y de otros tipos de educación que contribuya a lograr este objetivo y, en particular, mediante la modificación de los libros y programas escolares y la adaptación de los métodos de enseñanza.”

- Ley N° 7142 Ley de Promoción de la Igualdad Social de la Mujer prohíbe en cualquier institución educativa nacional todos los contenidos, métodos o instrumentos pedagógicos en que se asignen papeles en la sociedad a hombre y mujeres contrarios a la igualdad social y a la complementariedad de los géneros, o que mantengan una condición subalterna para la mujer.

“Los libros de texto, los programas educativos y los métodos de enseñanza deberán contener los valores expuestos en dicha Ley y contribuir a la eliminación de prácticas discriminatorias en razón del género, así como promover el estudio de la participación de la mujer a través de la historia.”

 

 iii. UNA-VD-CINS-17-2017

CIRCULAR DE VICERRECTORÍA DE DOCENCIA SOBRE LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA 8 DE LAS POLÍTICAS PARA LA IGUALDAD Y EQUIDAD DE GÉNERO EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL *EN LOS PLANES DE ESTUDIO*.

En atención a lo que establecen los artículos 1 inciso a), 2 inciso d), 3 inciso f) y 46 del Estatuto Orgánico; Políticas curriculares c) y d); Políticas para la Igualdad y Equidad de Género en la Universidad Nacional; artículo 27 incisos e) e i) del Reglamento de Rectoría, Rectoría Adjunta y Vicerrectorías; artículo 3 inciso f) del Reglamento para la Emisión de Normativa Universitaria, y con el objetivo de operacionalizar la política 8 de las Políticas para la Igualdad y Equidad de Género en la Universidad Nacional, se emite la siguiente INSTRUCCIÓN: 

*Aclaraciones previas:*

1. Las Políticas Curriculares vigentes en la institución buscan propiciar la construcción del conocimiento dentro de la formación humanística e integral del estudiante, eje central de la concepción pluralista de la educación que se fomenta. Específicamente los incisos c) y d) señalan que la Universidad Nacional al momento de diseñar, aprobar, ejecutar y evaluar sus planes de estudio:

a. Expresa coherencia entre sus objetivos, perfiles y enfoques metodológicos, con respecto a los principios, valores y fines de la institución, de las respectivas facultades, centros, sedes y secciones regionales y las unidades académicas. 

b. Fomenta en su organización y ejecución la formación humanística de los valores y ejes definidos institucionalmente, en concordancia con los principios, fines y la misión de la Universidad Nacional.

2. Las Políticas para la Igualdad y Equidad de Género disponen que la Universidad Nacional está comprometida con la igualdad de oportunidades sin distingo de ningún tipo y en consonancia con sus propósitos estratégicos. En tal sentido, es una Universidad humanista, innovadora y con compromiso social. Específicamente el numeral 8 establece que la Universidad promueve un currículo de formación profesional con la inclusión operativa del género, con perspectiva humanista y de derechos humanos, como eje transversal. 

3. En la respuesta a la consulta realizada a las facultades, centros, sedes y sección regional, sobre la oportunidad de introducir en los planes de estudio la perspectiva de género mediante la realización de cursos específicos, se refleja el consenso en torno a la importancia de estimular al estudiantado a llevar estos cursos. A la vez, se ponderan las condiciones reales para hacer efectiva estas políticas, resaltando la necesidad de un proceso previo de sensibilización, así como la importancia de que se elaboren propuestas de cursos de género desde las áreas disciplinarias, permitiendo a cada instancia académica avanzar progresivamente en la transversalización de las perspectivas de género, derechos humanos y diversidades.

*INSTRUCCIÓN:*

En el marco de las políticas antes indicadas, las direcciones de unidades académicas, decanatos de las sedes regionales y las coordinaciones de las carreras (cuando corresponda) deben:

1. Tomar las medidas oportunas para que, a partir del I ciclo lectivo 2018, se inicien procesos de sensibilización, con un enfoque de género, tanto de su personal, académico y administrativo, como del estudiantado. En relación con el personal, académico y administrativo, los procesos de sensibilización pueden coordinarse y realizarse mediante las facilidades de la plataforma de actualización profesional de la Vicerrectoría de Docencia.

2. Iniciar la elaboración de programas de cursos enfocados a temáticas de género, derechos humanos y diversidades que puedan ser ofertados como cursos optativos, o bien, la modificación de cursos optativos ya existentes, así como la generación de programas de cursos disciplinarios propios de sus planes de estudio que incluyan la metodología y la perspectiva de género.

3. Generar las condiciones para que, al menos, uno de los cursos optativos que se ofrecen al estudiantado esté enfocado a temáticas de género, derechos humanos y diversidades.

4. Estimular al estudiantado a llevar tales cursos. 

5. Para el cumplimiento de las instrucciones 1, 2 y 3, pueden coordinar con el Instituto de Estudios de la Mujer (IEM). Esta instancia ofrece varias alternativas:

a. Los cursos que ya tiene elaborados, aprobados y digitados en Registro, pueden ser solicitados por las unidades. En este caso las unidades deben aportar al IEM el recurso o jornada para impartirlo.

b. Las unidades que quieran elaborar sus propios programas de cursos para ofertarlos como optativos, o bien, para elaborar cursos disciplinarios propios de sus planes de estudio con enfoque de género, pueden tener asesoría del IEM en esta materia, siguiendo siempre el procedimiento ordinario de formulación y aprobación de programas de cursos.

e. PLANES DE ESTUDIO

iv. ESTATUTO ORGÁNICO

ARTÍCULO 58. FUNCIONES DEL VICEDECANO. e. Coadyuvar a la actividad de las comisiones de índole operativa para el diseño, evaluación e innovación de la oferta académica y otras actividades sustantivas, en el nivel de grado y posgrado de su facultad, centro o sede.

v. REGLAMENTO GENERAL DE LOS PROCESOS DE ENSEÑANZA Y APRENDIZAJE

ARTÍCULO 7. MODIFICACIONES CURRICULARES: (PRIMERA PARTE)

El plan de estudios, como documento académico de carácter oficial que establece la organización curricular y administrativa de una carrera, podrá ser modificado parcial o totalmente. 

Quien ocupe la dirección de la unidad académica o sección regional y las direcciones académicas en las sedes regionales es la responsable de mantener informada a la población estudiantil sobre las modificaciones curriculares que se realicen. 

f. PLANES DE ESTUDIO DE POSGRADO

i. ESTATUTO ORGÁNICO

ARTÍCULO 58. FUNCIONES DEL VICEDECANO. e. Coadyuvar a la actividad de las comisiones de índole operativa para el diseño, evaluación e innovación de la oferta académica y otras actividades sustantivas, en el nivel de grado y posgrado de su facultad, centro o sede.

ii. REGLAMENTO DEL SISTEMA DE ESTUDIOS DE POSGRADO (SEPUNA)

CAPÍTULO I.  DEFINICIÓN, MISIÓN, VISIÓN E INTEGRACIÓN DE LOS ESTUDIOS DE POSGRADO

Artículo 1. Definición: Los posgrados son la expresión del grado de madurez intelectual de los espacios académicos en donde surgen. Se definen como el nivel superior que en los distintos campos del conocimiento ofrece la Universidad a estudiantes y profesionales, con el fin de que alcancen una formación actualizada, rigurosa y de excelencia en sus ámbitos de interés. Se organizan como un plan apoyado por actividades de investigación de alto nivel conducente a la obtención de un título; pueden también brindarse cursos de actualización y profundización conforme lo indica este Reglamento.

La investigación constituye el eje estratégico para el desarrollo del Sistema de Estudios de Posgrado de manera general, y de cada posgrado de manera particular; consecuentemente, cada uno de estos definirá sus líneas prioritarias de investigación de acuerdo con su naturaleza.

Los estudios de posgrado son parte integral de la oferta académica institucional y su concepción, organización y funcionamiento se rigen por la misión, principios, fines y funciones de la Universidad Nacional. Son actividades con cierto grado de temporalidad; su vigencia estará sujeta a procesos sistemáticos de evaluación. Modificado según oficio SCU-2304-2013 y publicado en UNA-GACETA 15-2013.

Artículo 2. Misión: En el marco de la misión de la Universidad que se plasma en el Estatuto Orgánico y del Plan Global Institucional, la misión de los estudios de posgrado es ofrecer a la comunidad nacional e internacional el espacio y los medios adecuados para una formación académica y profesional de nivel superior que complementa la formación de grado.

Mediante la investigación, la profundización, construcción, síntesis y aplicación de conocimientos, los estudios de posgrado fortalecen el quehacer académico institucional en general; contribuyen, por tanto, al desarrollo de las unidades y facultades donde se ubican, mediante lazos estrechos de cooperación, coordinación y planificación. La docencia, investigación, extensión y producción que en ellos se desarrollan, se vinculan estrechamente con los procesos de búsqueda de soluciones y respuestas a los problemas que la sociedad se plantea resolver.

Artículo 3. Visión: Los estudios de posgrado de la Universidad Nacional se articulan en un sistema institucional dinámico, flexible, de impacto nacional, regional e internacional y se distinguen por su rigurosidad, la calidad de sus académicos y personal de apoyo, así como por su carácter innovador.

Se orientan siempre como un aporte para el planteamiento y resolución de problemas que afectan el desarrollo de la colectividad nacional e internacional. Para su propia definición, siguen muy de cerca la práctica especializada en los campos académico y profesional, y se retroalimentan de las propias prácticas universitarias en los campos de la docencia, la extensión y la investigación. Las condiciones de calidad implicadas en este enfoque exigen que las unidades académicas de la Institución procuren la creación de las mejores condiciones para el desarrollo de los posgrados, a fin de que éstos funcionen de acuerdo con parámetros universitarios internacionalmente reconocidos.

Artículo 4. Definición e integración del Sistema de Estudios de Posgrado (SEPUNA).

El Sistema de Estudios de Posgrado (SEPUNA) tiene a su cargo la orientación, coordinación, integración y evaluación del desarrollo y funcionamiento de los estudios de posgrado, en estrecha colaboración con las diferentes vicerrectorías, las facultades y unidades a las que éstos se adscriben, de manera que se asegure en todo momento la adecuada articulación entre los posgrados, entre éstos y las unidades académicas y facultades, y con la Institución como un todo.

Por su naturaleza, cobertura y funcionamiento, el SEPUNA se concibe como un sistema conformado por el conjunto de las distintas instancias encargadas de los estudios de posgrado que se estipulan en este Reglamento. Modificado según el oficio SCU-1036-2015.

Artículo 5. Objetivos del SEPUNA. 

Los objetivos del SEPUNA son:

- Contribuir a la formación superior disciplinaria, interdisciplinaria, multidisciplinaria y transdisciplinaria de estudiantes y profesionales, mediante procesos rigurosos de investigación, análisis y reflexión conducentes a la generación de nuevos conocimientos y a un mayor desarrollo personal, profesional y de compromiso con la sociedad.

- Organizar los estudios de profundización en una oferta académica viable, flexible y actualizada. Ésta comprende actividades, cursos, especializaciones, maestrías, doctorados y posdoctorados.

- Promover el desarrollo de conocimientos científicos, artísticos y tecnológicos, así como destrezas, habilidades y actitudes, con una orientación humanística, en correspondencia con las necesidades de los diferentes sectores sociales, dentro del marco de las prioridades institucionales de la Universidad Nacional.

- Impulsar el desarrollo de iniciativas y actividades de cooperación: 

- Entre los posgrados y las unidades académicas y facultades a que están adscritos.

- Entre los distintos posgrados de la UNA.

- Con los posgrados de otras instituciones de educación superior, nacionales y extranjeras.

- Con instituciones y organizaciones sociales.

Artículo 8. Grados académicos.

Los grados académicos que otorga la Universidad Nacional en posgrado son: especialidad profesional, maestría académica, maestría profesional y doctorado. Los posgrados también podrán organizar actividades conducentes a diploma de actualización, profundización o estudios posdoctorales, según lo establecen las leyes, convenios y demás normativa que rige a las instituciones de educación superior estatal de Costa Rica.

CAPITULO II. FINANCIAMIENTO DE LOS POSGRADOS

Artículo 9. Sobre la condición presupuestaria y captación de recursos.

Los posgrados podrán contar con recursos institucionales y con financiamiento complementario proveniente del pago de colegiatura de los estudiantes u otras formas como donaciones, convenios o transferencia de servicios remunerados. La finalidad de estos recursos complementarios es financiar costos laborales y de operación del propio posgrado, fondos para becas o para la realización de proyectos académicos y gastos de operación. 

Artículo 10. Sobre el costo de la colegiatura y el valor del crédito.

Los posgrados justificarán el monto de la colegiatura con base en un estudio de costos, los recursos humanos, financieros y materiales aportados por la institución, aquellos que el posgrado deba financiar, el fondo de becas, las posibilidades de cooperación externa, tanto académica como financiera, el tipo de estudiante al que va dirigido y cualquier otro factor relevante. La propuesta deberá ser aprobada por el Comité Gestión Académica (CGA) y en última instancia por el Consejo Central de Posgrado (CCP).   El monto de la colegiatura podrá ser revisado y modificado por el CGA en el momento de apertura de una nueva promoción, el cual deberá ser avalado por el CCP. 

El valor del crédito del posgrado será de quinientos colones (¢500.00).  Su modificación es competencia exclusiva del Consejo Universitario. Modificado según el oficio UNA-SCU-ACUE-1952-2015.

Artículo 11. Presupuesto.

Cada posgrado elaborará un presupuesto de ingresos y egresos, el cual deberá incluir la proyección para cada promoción y para cada mención, cuando corresponda, así como expresar la sostenibilidad financiera del posgrado. El presupuesto deberá ser aprobado por el CGA y refrendado, en última instancia, por el Consejo Central de Posgrado.

Artículo 31. Del Comité de Gestión Académica y de su integración.

El Comité de Gestión Académica (CGA) es el responsable de la orientación general del posgrado, de asesorar al coordinador en la toma de decisiones y de velar por la articulación del posgrado con el quehacer académico y objetivos de la unidad a la que está adscrito.

El Comité de Gestión Académica está integrado por el coordinador del posgrado, el director de la unidad a la que el programa está adscrito, los miembros que defina la reglamentación interna, según sus particularidades, por un período de dos años, con posibilidad de reelección consecutiva; así como la representación estudiantil correspondiente.

El primer CGA será nombrado por el Consejo Académico de la unidad a la que está adscrito el posgrado; se considerará de manera prioritaria a quienes promovieron su creación. En adelante, el CGA se constituirá de acuerdo con lo establecido en este Reglamento y en la reglamentación interna del posgrado.

Los miembros del CGA deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a. Poseer el título de posgrado reconocido y equiparado, equivalente al menos al grado que el posgrado otorga.

b. Estar vinculado académicamente con el posgrado.

c. En el caso de la representación estudiantil, ser estudiantes del posgrado respectivo. Modificado según oficio SCU-1762-2006 y publicado en UNA-GACETA 18-2006.

CAPITULO II.  MODALIDADES DE ESTUDIOS DE POSGRADO

Artículo 34. Modalidades.

La modalidad debe establecerse con claridad y estar debidamente fundamentada desde el inicio del proceso de creación de una nueva propuesta de estudios. Los posgrados obedecerán a alguna de las siguientes modalidades: 

a. como posgrado perteneciente a una unidad académica que continua la línea curricular de ésta o amplía su oferta docente. 

b. como posgrado interunidades, interfacultades o interinstitucional. En este último caso se hará siempre con una universidad u otra institución de prestigio reconocido en los campos en que se va a desarrollar el posgrado. Estará adscrito a la instancia más afín.

c. como oferta temporal resultado de un convenio con una institución nacional o internacional. Durante su duración, el posgrado se adscribirá a una unidad académica responsable.

Cualquiera sea la modalidad en que se organice, todo posgrado cumplirá con las políticas, lineamientos y acuerdos que emanen del Consejo Central de Posgrado y de la Asamblea de Estudios de Posgrado.